Uno de los aspectos clave en cualquier intento de gestionar un sistema forestal radica en integrar las preferencias y los objetivos de la propiedad. Resulta imposible realizar un manejo sensato yendo contra sus deseos legítimos. Ahora bien, quizá esa importancia no se está viendo reflejada ni en los documentos de gestión, ni en las políticas forestales. Todo ello constituye un problema serio si estamos hablando de una gestión a nivel espacial, temporal y, obviamente, centrada en múltiples servicios ecosistémicos. Si nos centramos en el caso de España, se puede comprobar cómo las escasas estadísticas disponibles confirman la tendencia mayoritaria en toda la UE: la propiedad forestal es mayoritariamente de carácter privado. No voy a mencionar las razones históricas que conforman la realidad, y, pese a la cita que acompaña esta entrada del inolvidable y malogrado Mincho Villar, no se incluye a la iglesia en la anterior afirmación. Pues bien, lo que trato de explicar en esta entrada es que, partiendo de un respeto leal a los derechos de propiedad adquiridos, se están produciendo fenómenos (habitualmente admitidos) de integración entre la propiedad y otro tipo de arrendatarios, stakeholders, y otras figuras que pueden condicionar la gestión forestal en el futuro, y esto puede conducir a cambios tanto en los documentos de gestión como en las valoraciones que se realicen en los predios objeto de estudio. No se intenta justificar, bajo ningún concepto, expropiaciones de facto relacionadas con algún servicio ecosistémico, como, por ejemplo, la que realiza el Estado con la captura de carbono en los sistemas forestales que se pueden computar siguiendo el Protocolo de Kyoto.
En primer lugar, conviene profundizar un poco en algunos datos básicos. Si tradicionalmente se divide a la propiedad en tres tipos (privada, pública y comunal, otra forma de propiedad privada), veamos el caso de España. Una regla fácil de recordar es que el 55% de la superficie del país es forestal, siendo, aproximadamente, dos tercios forestal arbolado, y el otro tercio forestal desarbolado. Y de este total forestal, aproximadamente un 70% es privado y un 27-28% % es público, quedando la diferencia (que varía si se contabiliza la superficie forestal arbolada o la desarbolada) para el monte comunal con más importancia superficial en España: los montes vecinales en mano común. Sin embargo, esta clasificación queda todavía bastante incompleta. Aunque la importancia superficial sea muy reducida (dudo que superen con mucho las 100.000has, aunque no conozco estadísticas al respecto), convendría diferenciar la superficie privada industrial, es decir, aquella propiedad o arrendada de la industria basada en la madera, de la que es no industrial. A mi juicio, una debilidad del sector forestal español sería la poca importancia superficial que presenta esta categoría. Incluso se podría incluir aquí superficies gestionadas por empresas privadas buscando una determinada en estos activos a largo plazo (lo que en los Estados Unidos se llaman TIMO, o “Timber Investment Management Organization”), y que no presentan ejemplos en España. Quizá el incipiente boom de superficies forestadas con objetivos de mitigación pudiera traer una suerte de TIMO.
Si se pretende profundizar en la caracterización de la propiedad forestal, además de la superficie, parece lógico conocer cuántos propietarios forestales existen en España y cuál es la superficie media de cada propiedad y/o de cada parcela con uso forestal. A diferencia de lo que ocurre en las otras ramas del sector agrario, aquí las informaciones oficiales no proporcionan ni siquiera una estimación al respecto. Es más, tampoco se conoce cuántos agricultores son a la vez propietarios forestales ni viceversa. Se trata todo como si fueran actividades independientes y hasta las estadísticas se encuentran en ministerios diferentes. Sin embargo, es preciso reconocer que las circunstancias complican, en algunos casos, la contabilización de propiedades. Fenómenos como la emigración pretérita, el hecho que un porcentaje elevado sean propietarios no residentes, los problemas relacionados con las herencias y otras circunstancias impiden muchas veces no sólo conocer la realidad de la propiedad en un municipio, sino diseñar políticas forestales más efectivas teniendo presente, como he comentado anteriormente, las preferencias de la propiedad. Aun teniendo en cuenta estos condicionantes, el vacío estadístico lo veo poco justificable. Es preciso tener en cuenta que si un municipio rural pierde habitantes ello no implica, como algunos avispados piensan, que, a priori, las tierras no tengan dueños. Desafortunadamente, ello sí que compromete la existencia de realidades muy necesarias en el rural como son las asociaciones de propietarios. En general, la falta de peso de estas organizaciones, en comparación con otros países, supone un lastre en el sector forestal patrio y, lo que es más grave, su legítimo espacio muchas veces está ocupado por otro tipo de organizaciones con unos objetivos y preferencias diametralmente opuestas, pero mucho mejor vistas por ciertas instituciones públicas.
Sin embargo, la realidad y los problemas reseñados hasta ahora muestran una fotografía incompleta de la realidad. Lo primero que conviene subrayar es que habitualmente (por ejemplo, véanse los libros de gestión forestal) se asumía la unicidad del propietario como una premisa básica. Hoy en día esa idea suele ser imperfecta, ya que es muy común que se compartan intereses individuales y sociales, lo que conlleva a que los derechos de propiedad efectivos (no sólo legales) se puedan repartir entre diferentes stakeholders. Unos están regulados como ciertos arrendamientos (ya el Profesor Caballer en su reconocido manual de Valoración Agraria hablaba de los arrendamientos históricos como una suerte de propiedad compartida), que pueden ser de tipos muy diversos. El ya mencionado tema de los proyectos de mitigación sería otra casuística, ya que la propiedad de los derechos asociados a la captura no tiene por qué ser la misma que la del predio en cuestión. Por otro lado, ejemplos de derechos de propiedad efectivos no regulados son muy abundantes: desde los recolectores de hongos (que se benefician de que la propiedad les ceda ese derecho, aunque sea de forma implícita), hasta los que pueden disfrutar de actividades deportivas o saludables a coste cero, pasando por nuevas figuras asociadas a servicios ecosistémicos que no son de provisión. Además, el propietario puede ceder parte de su autoconsumo ambiental, por ejemplo, en términos de compartir actividades recreativas, para mayor beneficio de los visitantes de ese predio. Por cierto, y para ilustrar que esta idea primigenia del autoconsumo ambiental centrada en la propiedad ha estado imbuida en el pensamiento forestal en España, cabe recordar que ya la describía Octavio Elorrieta en su libro del año 1947 “Valoración de la Tierra”.
Desde el punto de vista de la gestión este cambio implica, a mi juicio, modificaciones tanto en los documentos de gestión como en informaciones públicas y, por supuesto, en aspectos de política forestal. En el caso de propietarios privados habría que empezar a considerar a la propiedad como algo no inmutable en el tiempo, y sí que se debería incluir en los planes de gestión una descripción si es un propietario activo, pasivo, residente, no residente, ausente, etc. Por poner algún ejemplo, en los proyectos de ordenación se debería contemplar a la propiedad no sólo desde el punto de vista del derecho administrativo, sino recogiendo en un apartado quiénes ejercen, para cada uno de los servicios ecosistémicos asociados a ese sistema forestal, algún tipo de propiedad, sea legal o efectiva. Esto ayudaría a segmentar los stakeholders y facilitaría buscar soluciones más consensuadas que respeten, lo mejor posible, los objetivos de la gestión. Por otro lado, sería muy útil que las fuentes de información más relevantes en el ámbito forestal como el Mapa Forestal Español incorpore capas con datos de propiedad de cada tesela o unidad ahí definida. Otra pregunta que surge es si tiene sentido definir modelos selvícolas para diversas especies según el tipo de propiedad, atendiendo a los objetivos que pudieran tener los propietarios.
Sirvan estas líneas para mostrar la complejidad creciente de un aspecto generalmente tratado desde un punto de vista estático y monocriterio. Aunque la perspectiva abordada supone hablar de propiedad que nada tiene que ver con la propiedad legal, un cierto aporte de “multipropiedad” existe en los sistemas forestales si se atienden a todos los servicios ecosistémicos implicados. Por último, y siguiendo con esa idea de “multipropiedad”, cuanto antes se dispongan de derechos de uso claros y consensuados para cada servicio ecosistémico, más fácil será internalizar ciertas externalidades positivas y, simultáneamente, lograr una gestión apoyada por un mayor número de stakeholders.