Voy a referirme a la polémica que se ha suscitado hace unos días relacionada con la incorporación del lobo en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y, por tanto, su prohibición de cazarse en todo el territorio. En concreto, quisiera resaltar algunas cuestiones inherentes a esta decisión, más allá de la opinión que cada uno pueda tener al respecto, y sin entrar a calificar el papel del Ministerio correspondiente. En primer lugar, y después de leerme el Dictamen del Comité Científico, me llama la atención que no se haya prestado atención a esta recomendación: es necesario un estudio genético del lobo a nivel ibérico para estimar el grado de conservación en que se encuentran las poblaciones (si las hubiera) y de esta forma adecuar la legislación a la realidad biológica como proponen los propios criterios orientadores. Parece sensato que antes de tomar cualquier decisión al respecto, se deban reunir todos los argumentos científicos posibles. Igual hay alguna explicación que se me escapa, pero sorprende que, aún con esta omisión, se haya seguido adelante.
A pesar de ello, el citado Comité ha argumentado su decisión en (y copio textualmente): su importancia como patrimonio cultural, científico, así como los servicios ambientales que produce la presencia de este carnívoro en los ecosistemas naturales. La cuestión aquí es inmediata: ¿cuál ese patrimonio cultural? ¿quién y cómo lo ha cuantificado? ¿cuáles son esos servicios ambientales y quiénes y cómo los han cuantificado? Llegados a este punto, conviene resaltar que ningún miembro del Comité es especialista en valoración ambiental, por lo que esta justificación se puede calificar, al menos, de extemporánea, salvo que se acompañen estudios científicos que respondan, por lo menos, a las preguntas arriba formuladas. Por otro lado, y dado que esta decisión conlleva indudables efectos en otros servicios ecosistémicos, ¿no se debería cuantificar, entre otros, el servicio de provisión de la ganadería extensiva con el fin de evaluar el impacto de esta medida? ¿O es que ahora el término “servicios ambientales” sin más es un salvoconducto para justificar cualquier decisión que se toma con relación a temas asociados a los ecosistemas?
Por otro lado, me llama sobremanera cómo se ha llevado a cabo el proceso de decisión en grupo de la Comisión de Patrimonio Natural. Si he entendido bien, sólo estaban representados los Directores de Patrimonio Natural de cada CC.AA. (y Melilla), además del propio Ministerio. Al final se ha decidido de forma asamblearia, produciéndose la paradoja que CC.AA. sin lobo desde hace décadas y décadas han decidido participar en una votación sobre algo que no les incumbe directamente (salvo que justificaran, con algún estudio científico, que la prohibición de la caza incrementaría el bienestar de sus ciudadanos). Además de este asamblearismo trasnochado (al menos para este tipo de cuestiones) se ha otorgado a todos los integrantes de la Comisión el mismo peso, con lo que ha resultado irrelevante el tamaño de la población de lobos o, por ejemplo, la importancia de la ganadería extensiva en cada territorio, o incluso el grado de conflicto existente con los ganaderos en cada CC.AA. Realizando una comparación extrema, uno puede pensar en las diferencias existentes con relación a la ganadería, la presencia de lobos y la caza en Melilla y, acto seguido la compara con, por ejemplo, Castilla y León. Pues el resultado es que ambas han tenido el mismo peso en la toma de decisiones. Esto me lleva a otras preguntas: por ejemplo, ¿si hubiera un problema con las capturas de atún en el Golfo de Cádiz, tendría el mismo peso el voto de Andalucía que una CC.AA. que no tenga mar, como La Rioja? O, dentro de la Unión Europea: si hay un conflicto ambiental con una especie del Ártico, ¿debería tener el mismo peso el voto de España que el de Finlandia o Suecia? Si se decide algo relacionado con la industria de la madera, ¿tendría sentido que el voto que lo decidiera fuera el de Malta, país sin industrias en este sector? Con ello quiero ilustrar el disparate que supone aceptar sin más este asamblearismo ajado (y ya no entro si deben estar o no otros colectivos en la toma decisiones referida a este problema en concreto). Por último, sé bien de lo que hablo por que este asamblearismo es el imperante… en la Universidad española. Institución donde, para cuestiones científicas, puede tener el mismo peso el voto del Catedrático más brillante… que el de una persona que ni siquiera ha alcanzado el título de Doctor. Si alguien se pregunta porqué no hay Universidades de España en las 100 mejores del mundo, que empiece a investigar en cuántas de ellas se produce la toma de decisiones de esta forma.